El Código de Derecho Canónico, para San Juan Pablo II, intenta realizar el valor de la justicia tanto en el fuero interno como en el externo. Fomenta la libertad de los hijos de Dios y respeta la suprema libertad del Espíritu Santo.
En este sentido, es el Corpus Legislativo Principal de la Iglesia Católica. Es decir, el conjunto de normas, derechos y obligaciones de la iglesia universal, con la finalidad de regular la organización cristiana y las alianzas dentro y fuera de la institución religiosa.
Según la Communio Ecclesialis constituye un "criterio constante para concertar tensiones y tendencias del Pueblo de Dios. Este carácter evangélico-eclesial obliga y permite al Derecho Canónico a establecer y a respetar la verdadera jerarquía de los valores y las preferencias en favor de los «evangélicamente pobres»".
Historia
El Concilio Vaticano I resaltó la necesidad de redactar un Código que agrupase y ordenase las normas que tenía ambiguamente la Iglesia. En 1904, Pío X creó una Comisión para la redacción del Código de Derecho Canónico.
Tras 12 años de trabajo, el 27 de mayo de 1917, Benedicto XV promulgó que el Código entraría en vigor el 19 de mayo de 1918.
En 1964, el Papa Pablo VI nombra una comisión reformadora. Los primeros trabajos se dirigieron a la adaptación y derogación de algunos cánones. Esta reforma fue analizada por Obispos de todo el mundo, hasta que en 1982 se publicó el borrador de la reforma al código.
El 25 de enero de 1983, por medio de la Constitución Apostólica Sacrae Disciplinae Leges, el Papa Juan Pablo II promulgó el nuevo Código, que entró en vigor el 27 de noviembre del mismo año.
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