parroquia

La parroquia según el Código de Derecho Canónico



IGLESIA PEREGRINA
         El católico promedio forma parte activa de una Parroquia, pero, ¿sabe usted realmente lo que es una Parroquia según el pensamiento eclesial? Y luego, hay dos tipos de parroquias, ¿sabe usted cuáles son?, ¿a qué tipo de Parroquia pertenece usted?


 Analizaremos todo esto a la luz del Código de Derecho Canónico, texto moderador de las leyes de la Sagrada Disciplina de la Iglesia Católica.

         Empecemos por saber lo que es una Parroquia, al respecto, el canon 515 refleja lo siguiente:

La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del Obispo diocesano, se encomienda a un párroco, como su pastor propio.
         Tenemos entonces que una parroquia es un específico grupo de católicos que se conforma de manera estable, es decir, que tiene carácter jurídico, dentro de una Diócesis o Arquidiócesis. Un dato curioso y por consiguiente poco sabido, es que la principal autoridad de una Parroquia es el Obispo, así como lo es éste de toda su Diócesis, pero, en representación del Obispo las parroquias son asignadas a un Sacerdote específico, que sería el Párroco.
         Teniendo claro esto, no está de más saber que la palabra parroquia viene del latín parochia, o a su vez del griego paroikia, lo que equivaldría a avecindamiento. Al modo de ver de la historia, las parroquias surgieron para adaptar la acción pastoral de las primitivas comunidades urbanas a las zonas rurales recién evangelizadas. Si en la ciudad estaba el Obispo con su presbiterio, en el campo estaba el Párroco[1].
         Como hemos visto anteriormente, la definición de parroquia que arroja el Código de Derecho Canónico, habla de la cura pastoral que es encargada a un presbítero, y ese término “cura pastoral” es el que nos ha llevado, en la nomenclatura eclesiástica, a llamar a los Presbíteros: Curas o Cura Párroco. Más adelante explicaré lo que es un Párroco.
        
         Ahora, teniendo claro lo que es un Parroquia, veamos la diferencia entre los dos tipos de Parroquias, para esto nos ayuda el canon 518, el cual expresa que:
Como regla general, la parroquia ha de ser territorial, es decir, ha de comprender a todos los fieles de un territorio determinado; pero, donde convenga, se constituirán parroquias personales en razón del rito, de la lengua o de la nacionalidad de los fieles de un territorio, o incluso por otra determinada razón.
         Tenemos entonces que hay dos tipos de parroquias, a saber: a) Parroquias Territoriales, y, b) Parroquias Personales. Veamos cada una en particular.
         Las Parroquias Territoriales son todas aquellas comunes que nosotros conocemos, tal vez a la que vamos frecuentemente sea una Parroquia Territorial. 

Este tipo de Parroquia es fácil de percibir, pues, comprende todos los fieles de un territorio determinado, lo que vendría a significar que, todos los habitantes de un área geográfica delimitada pertenecen a una Parroquia Territorial, es por eso que, en ocasiones vemos comunidades que están más cerca de cierto templo (una Parroquia diferente) pero deben acudir, por cuestiones administrativas, a otro templo donde está la sede parroquial.

         Las Parroquias Personales tienen su razón de ser a raíz de las emigraciones, exilios y movilidad social desatada después de la segunda guerra mundial, cuando el Papa Pío XII, en 1952, permitió la posibilidad de crear estas parroquias personales, desde las diócesis sin necesidad de acudir a Roma. Un ejemplo de parroquia personallo podemos encontrar en el ámbito castrense y universitario, o las creadas por razón de la lengua, nacionalidad o rito,como lo especifica el mismo canon[2]

Un motivo por el cual puedan existir parroquias personales es cuando los feligreses repudien su parroquia territorial porque no se siente en comunidad, es decir, esta no satisface sus exigencias cristianas y, en definitiva, debe elegir una línea pastoral donde se sienta más a gusto. Esto tiene sus desventajas, que en otro artículo podría explicar.
         No podemos terminar este interesante apartado sin antes hablar sobre la figura del Párroco. Para eso dejémonos introducir por el canon 519, que dice:
El párroco es el pastor propio de la parroquia que se le confía, y ejerce la cura pastoral de la comunidad que le está encomendada bajo la autoridad del Obispo diocesano en cuyo ministerio de Cristo ha sido llamado a participar, para que en esa misma comunidad cumpla las funciones de enseñar, santificar y regir, con la cooperación también de otros presbíteros o diáconos, y con la ayuda de fieles laicos, conforme a la norma del derecho.
         Según esto, el Párroco es el Pastor encargado de la Parroquia que se le ha confiado, en otras palabras, ejerce su curato en una parroquia territorial o personal, cuya cabeza sigue siendo el Obispo, como ya dijimos; pero, el Párroco hace las veces del Obispo en su Parroquia, pues allí debe cumplir las funciones de enseñar, santificar y gobernar o regir, funciones netamente episcopales, pero que comparte el Párroco en su ministerio sacerdotal.
         Un párroco puede estar sólo en su encargo, o puede también estar acompañado por otros presbíteros, en calidad de vicarios parroquiales, pero siempre ha de haber un solo párroco que dirija; al respecto, los diáconos no pueden ser párrocos ni vicarios parroquiales, como lo determina el canon 546, ya que, según la exhortación apostólica Christifideles laici, en un numeral 26 expresa que: “la parroquia es una unidad orgánica constituida por los ministros ordenados y por los demás cristianos, en la que el párroco es el vínculo jerárquico con toda la Iglesia particular”.
                                                                                                  
P.A
García


[1] Floristán, C. (1994). Para comprender la parroquia. Editorial Verbo Divino. Navarra, España. p. 11.
[2] Floristán, C. (1994). Para comprender la parroquia. Editorial Verbo Divino. Navarra, España. p. 38.

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